El abogado no sólo esta para litigar, previo al pleito debe existir un estudio y valoración de los intereses en juego, a fin de acercar posturas y lograr siempre que se puede, la solución del conflicto de forma extrajudicial. Por lo menos esa es la forma en que yo entiendo el ejercicio de la profesión: determinar cual es el interés de mi cliente y cual es la forma más rápida y eficaz de obtenerlo.
En este supuesto, el cliente había contraído una importante deuda durante la PANDEMIA apremiado por la acumulación de deudas ante la paralización de su actividad económica, y recibió un requerimiento de pago judicial por el importe adeudado, más intereses al 24% y penalizaciones de diversa naturaleza.
Tras el estudio de la demanda y de la documentación presentada por la entidad financiera, y en particular, del contrato formalizado con la entidad financiera, consideré que el citado contrato bancario, podría calificarse por el Juzgado como abusivo al no superar los controles de transparencia y que era probable que fuera declarado NULO, aún así, hay que tener en cuenta que el pleito no iba a resolver el problema en origen que es que mi cliente había solicitado un capital que debía devolver antes o después.
Desde nuestro despacho hemos logrado resolver la controversia con el menor quebranto económico para nuestro mandante, anulando el 100% de los intereses reclamados, así como el 100% de las penalizaciones reclamadas y evitando el devengo de costas judiciales.